(1.370 x 0,283 x 0,94 ) + (1.370x0,008) =375,4https://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/Trabajadores/Afiliacion/10547/10554/4211/4192 La cuota de este convenio especial se calcula en los siguientes términos:Se aplicará a la base de cotización elegida por el suscriptor el tipo único de cotización vigente en el Régimen General (el 28,30%).El resultado obtenido se multiplicará por el coeficiente reductor que anualmente fije la Orden de cotización (para el año 2025 es 0,94).El producto que resulte constituirá la cuota a ingresar.Asimismo, desde el 1 de enero de 2023, se ingresará además la cuota correspondiente al Mecanismo de Equidad Intergeneracional (MEI), según lo previsto en la Disposición Transitoria 43ª del RDL 8/2015, de 30 de octubre que se determinará aplicando el tipo que corresponda cada año sobre la base de cotización inicial por contingencias comunes que corresponda, con arreglo a la siguiente escala:En el año 2025, será de 0,80 puntos porcentuales